- Una de las definiciones más aceptadas es la aprobada en diciembre de 1993 por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la: y que indica que este tipo de violencia se refiere a:
Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer,
«(...) todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada» (Asamblea General de la ONU. Resolución 48/104, 20 de diciembre de 1993).[5]
- La violencia de género por lo tanto:
«(...) agrupa todas las formas de violencia que se ejercen por parte del hombre sobre la mujer en función de su rol de género: violencia sexual, tráfico de mujeres, explotación sexual, mutilación genital, etc. independientemente del tipo de relaciones interpersonales que mantengan agresor y víctima, que pueden ser de tipo sentimental, laboral, familiar, o inexistentes» (de Celis, 2011, p. 95).[1]
Ojalá se hicieran cumplir todas las resolucinoes de Naciones Unidas, pero a veces no quedan más que en papel mojado, y digo yo..¿De qué vale hacer leyes si luego no se obliga a cumplirlas?
ResponderEliminar